Saltar la navegación

Resumen

Resumen

Por medio del presente se ha resaltado solamente un ejemplo de la mala formulación constitucional de derechos (en cantidad y calidad) de la propuesta nueva Constitución de Chile y la incongruencia general y falta de equilibrio entre ellos; y como la situación no solamente no se mejora con la aplicación del sistema penal chileno en reconciliación, se empeora. Por un lado, la carta magna tergiversa la naturaleza y el significado de derechos fundamentales constitucionales, y por el otro perpetúa un sistema de justicia anacrónico, incapaz de remediar o por lo menos mejorar la situación. Quedamos con el peor de los dos mundos.

En conclusión, hago referencia a las palabras de Elder Jeffrey R. Holland en sus comentarios el día 26 de febrero, 2015, en Chapman University. Él citó a Clayton Christensen quien, a su vez, se refirió al jurista inglés, Lord John Fletcher Moulton, en decir: “La probabilidad de que la democracia y los mercados libres florecerán en una nación es proporcional a la medida que haya obediencia a lo no que no se pueda hacer cumplir.” 

Aún con un sistema acusatorio con todas sus herramientas procesales que permiten la eficiencia, la eficacia y la justicia, frente a la impunidad la ejecución o ponencia en vigor de las leyes depende mayormente de la obediencia de los ciudadanos. Cuando no existe el sistema penal capaz en respaldo social, frente a la desobediencia, se pierden la democracia y la prosperidad.

Con la nueva Constitución, Chile tuvo la oportunidad de formular bien los derechos, junto con un sistema penal moderno en implementarlos. Sin embargo, ha perdido la oportunidad con la propuesta Constitución.

 

Kim R. Lindquist

Licencia: licencia propietaria